
El pasado 30 de julio de 2025 se aprobó la Ley 8/2025, del Estatuto de Municipios Rurales, que busca frenar el despoblamiento y favorecer que más personas puedan establecerse en el medio rural.
Entre las medidas más destacadas se encuentran tarifas reducidas y bonificaciones fiscales en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Estas ventajas fiscales aplican a quienes compren o rehabiliten una vivienda en un municipio considerado rural o rural de especial atención.
¿En qué casos se aplican estas reducciones?
- Compra de vivienda habitual en municipio rural
- Tipo aplicable: 4 % (tarifa TMR)
- Compra de vivienda habitual en municipio rural de especial atención
- Tipo aplicable: 3 % (tarifa TEA)
- Compra de vivienda para rehabilitar en municipio rural
- Tipo aplicable: 4 % (tarifa TRR)
- Compra de vivienda para rehabilitar en municipio rural de especial atención
- Tipo aplicable: 3 % (tarifa TRA)
- Bonificación adicional
- 75 % de descuento en expedientes de dominio, actas de notoriedad y actos complementarios de documentos públicos relacionados con inmuebles en municipios rurales (bonificación 457).
¿A quién afecta esta ley?
Estas medidas fiscales se aplicarán únicamente a los municipios que tengan la consideración de rural o rural de especial atención, según la clasificación establecida en el documento oficial Estatuto de Municipios Rurales.
Además, solo tendrán efecto para hechos imponibles devengados a partir del 20 de agosto de 2025.
En resumen
La Ley 8/2025 supone un impulso importante para quienes quieran vivir o invertir en zonas rurales, ya que reduce la carga fiscal al comprar o rehabilitar una vivienda en estos municipios.
Con ello, se busca incentivar la repoblación y apoyar la recuperación del medio rural.